La información complementaria se expone en el encabezamiento de los estados contables, en notas o en forma de cuadros anexos. Las notas y anexos se titulan y numeran correlativamente.
Su existencia debe ser claramente señalada en los estados contables básicos debiendo referenciarse a continuación de las partidas o rubros a los cuales se refieren.
La resolución técnica Nº 19 incorporó como estado financiero básico el de “Flujo de efectivo”, seguidamente se transcribe el aspecto pertinente.