|
 |
Norma del latín norma: que es normal, que es natural.
Es decir que es natural que así sea en sentido figurado una regla, un régimen, algo normado.
|
|
|
La norma jurídica —La Ley—
Ahora vamos a hablar de la norma jurídica, la ley, teniendo en cuenta que no toda norma es una ley jurídica, pues existen normas jurídicas individuales. Por ejemplo, una sentencia judicial, es una norma pero solo es válida para las partes.
La Ley es la fuente del Derecho más importante.
Así entendemos que la ley es la norma jurídica materializada.
|
¿Cuáles son sus características, su finalidad, los elementos que la componen? |
Veamos algunas definiciones
|
Según Renard, “La Ley es la regla emanada de la voluntad autoritaria de los gobernantes”. |
|
Para Planiol, “Es la regla social obligatoria establecida de modo permanente por la autoridad pública y sancionada por la fuerza”. |
|
Para Santo Tomás, “Es una orden de la razón dirigida al bien común y promulgada por quien tiene a su cargo el cuidado de la comunidad”. |
Características
De las definiciones dadas podemos rescatar los caracteres:
|
Es general
Es decir, siempre tiene un alcance general, se aplica a todos los habitantes de la Nación. (ver Arts. 4 y 5 del nuevo Código Civil y Comercial). |
|
Es obligatoria
Desde el día de su publicación y/o desde el día que determinen. (ver Art. 5 del nuevo Código Civil y Comercial) |
|
La Finalidad
Su finalidad es el bien común, es decir tiene un fin social. |
|
Es Coercitiva (Se aplica por la fuerza)
Es una característica propia del Derecho positivo ya que en caso de incumplimiento trae aparejado una sanción que puede ser resarcitorias y /o represivas:
- Resarcitoria: intenta volver las cosas al estado anterior.
- Represivas: el infractor recibe un castigo.
|
Ley en sentido material y en sentido formal:
- Ley en sentido material es la norma escrita sancionada por autoridad pública competente.
|
 |
Ejemplos de leyes en sentido material: |
|
|
Constitución Nacional; Constituciones Provinciales; leyes dictadas por el Congreso Nacional y por las Legislaturas Provinciales, los decretos reglamentarios del Poder Ejecutivo, las ordenanzas municipales de carácter general.
- Ley en sentido formal es el acto emanado del Poder Legislativo.
La Moral
Pero antes y como introducción debemos saber que es la moraly su relación con el Derecho.
Recuerdan la frase de Pablo, cuando dijo: "No todo lo que es lícito es honesto” ahí estamos viendo –podría decirse– un elemento muy importante del Derecho.
No olvidar que el Derecho tiene que ver con la alteridad, con el otro, dada la condición social del hombre.
|
 |
Recuerden que si el hombre estuviera solo, no existiría el Derecho. El Derecho aparece a raíz de la relación intersubjetiva del hombre; y dado que el hombre vive y se desarrolla en la sociedad y es en ella donde procura su destino, que no es otro que la búsqueda constante de felicidad. Para lograrlo necesita de los demás y pensar en el bien común (el bien para todos), es decir que el Derecho debe tener en vista el bien común para lograr una comunidad pacífica donde todos los integrantes se desarrollen y cumplan su finalidad. |
|
|
Dijimos antes que, durante largo tiempo en la historia de los pueblos han permanecido entremezclados la religión, la moral y el Derecho.
Lo que quiero decir es que por ejemplo:
|
Es lícito que un juez cobre su jubilación, pero es inmoral cuando el juez ha tenido que renunciar para evitar el juicio político y de esta manera percibir su jubilación. |
|
Es lícito que una persona que encuentre un billete de lotería se presente a cobrarlo, porque la norma -ley- dice que lo puede cobrar el portador, pero resulta inmoral, pues el billete no es suyo. |
|
 |
Ambos tanto la moral como el Derecho tienen el:
-
El mismo objeto: la conducta de la persona humana.
-
La misma finalidad: el bien o la felicidad del hombre.
-
El mismo sujeto: el hombre.
-
El mismo origen: la libertad del hombre.
|
|
|
En realidad, los actos internos caen bajo la esfera del Derecho por cuanto son antecedentes indispensables de los actos externos y en alguna medida, el criterio para juzgar a éstos.
La moral rige la conducta en mira inmediata del hombre teniendo como objetivo el bien de la persona individual.
El Derecho rige en vista del bien común, es decir, la instauración del orden social.
|
La moral encauza los actos humanos hacia el bien. |
|
El Derecho los encauza inmediatamente a la obtención de bienes naturales. |
|
La medida del Derecho entonces, no es directamente el bien de la persona sino la justicia entendida objetivamente y tendiente a la consecución de los fines humanos.
|
|
 |
Religión:
Viene del latín ligare que significa atar, unir. Por eso podríamos decir que religión es estar atado fuertemente -re ligado- y como la religión se basa en el dogma de la fe, uno está atado a ese dogma (entendiendo al dogma como verdades absolutas).
El dogma es fundamento de todas las doctrinas religiosas. |
|
|
Es en ese sentido que se asimilaba la religión a la moral y al Derecho. Porque toda religión se basa en reglas como las doce tablas o lo diez mandamientos. Son reglas que conducen al bien del hombre.
De ahí, entonces, que si uno sigue las reglas de la religión tal vez buscando su salvación o la perfección en la vida, está frente a una convicción de lo bueno. Como dijimos que la moral persigue el bien del hombre, es así entonces cómo se mezclan moral y religión.
En realidad son como vasos comunicantes o círculos concéntricos ya que tanto la religión participa de la moral y la moral participa del Derecho.
Y recordemos que no hay bien común posible si no se respeta el bien personal y no existiría un orden social que lesione el bien personal, es decir el Derecho está subordinado a la moral.
 |
Existen en nuestro Código Civil y Comercial claras muestra de las relaciones existentes entre
moral y Derecho. (ver Arts. 279, 958, 1004, 390, 392, 344, 1796, 1796 inc. d, 795, 1205, 2261, 2263, etc.) |
|
 |
 |
 |
|