Fundamentos de Derecho

Unidad 1: Introducción al Derecho
 
 

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Derecho alude o proviene del latín “directum”, que significa “dirigido”.

Y si analizamos “dirigido” nos damos cuenta que estamos hablando de algo sujeto a una regla, por esto de que todo lo que está “dirigido” nos conduce a una regla.

Pero esto solo no nos alcanza para definirlo y no sabemos aún si Derecho consiste o no en una regla. Además ignoramos su finalidad, su fuente y su distinción de otras reglas que también gobiernan las conductas humanas.

Algunas Nociones:

  • Vulgarmente se identifica al Derecho con la ley escrita. Pero no toda norma es ley ni toda ley es una norma escrita. Ejemplo: las normas morales - las leyes de la naturaleza.
  • El Derecho es anterior a la ley escrita.
    Los pueblos antiguos no tenían leyes escritas, pero no por eso vivían sin Derecho, sino que     se regían por la justicia privada y se dirimían los conflictos conforme al Derecho sugerido          por la conciencia, cuyos dictados se obedecían al acatar las costumbres de los antepasados          las que se denominaban “Mores maiorum” de los primitivos romanos.
  • Durante mucho tiempo en la historia de los pueblos estuvo mezclado el Derecho, la  moral y la religión.
    Esto con el tiempo se fue separando. Ya en Roma, aparece la distinción con la famosa frase de Paulo “non omne quod licet honestum est” (No todo lo que es lícito es honesto). Y luego el cristianismo fija la distinción entre moral y Derecho.

Además la ley es imperfecta y el Derecho no. Decimos esto porque la ley es siempre general, comprende a todos y a través de su interpretación pueden y de hecho aparecen oscuridades e incongruencias.

La generalidad de la ley no discrimina, debe ser aceptada por todos y no a todos le sienta bien pero tampoco le sienta del todo mal.

El Derecho es una disciplina instrumental al servicio de la vida del hombre y entre la rigidez que caracteriza a la ley y las exigencias de la naturaleza humana, aparece la doctrina de los autores y la función creadora de jurisprudencia que son expresiones del Derecho.

La ley padece de lagunas, porque siempre va después de los hechos.


En síntesis, la ley no es sino un instrumento de expresión del Derecho.


Así, para Renard, “El Derecho es el orden social justo”.

Como se sabe, el hombre es un ser social y en tanto que es social convive con sus semejantes,  cumple con su rol y se desarrolla. Pero como los fines de los hombres son múltiples, podría fracasar la convivencia si no se disciplinara la conducta de los hombres para lograr un orden y que este orden favorezca la consecución de dichos fines.

Ese ordenamiento de la vida social es la única manera de existir. La vida humana es el Derecho pero ese Derecho debe ser justo.



Santo Tomás decía que “el Derecho es la adecuación o ajuste de la vida a la regla que le es propia”.



Aristóteles decía que el orden social será justo y por lo tanto verdaderamente Derecho cuando instaure una disciplina de la conducta humana que tome en cuenta al hombre como realmente es, criatura racional dotado de inteligencia y voluntad.
El Derecho no existe ni puede ser pensado sino en relación a otro. Se caracteriza por la bilateralidad o la alteridad.

 

 
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