6.4 Medición contable en general |
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6.4.1 Criterios generales
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Para la medición contable de activos y pasivos y de los resultados relacionados se aplicarán los siguientes criterios generales con sujeción, en el caso de los activos, a la consideración de los límites establecidos en la sección 6.4.4 (Comparaciones con valores recuperables): |
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- efectivo: a su valor nominal;
- colocaciones de fondos y cuentas a cobrar en moneda:
- cuando exista la intención y factibilidad de su negociación, cesión o transferencia: a su valor neto de realización;
- en los restantes casos, se considerarán:
- la medición original del activo;
- la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas;
- las cobranzas efectuadas.
Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el activo, utilizando la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial.
- cuentas a cobrar en especie: de acuerdo con los criterios establecidos para los activos que se espera recibir;
- participaciones permanentes en entes sobre los que se tenga control, control conjunto o influencia significativa: considerando la medición de sus patrimonios (determinada con base en la aplicación de los otros criterios enunciados en esta resolución técnica) y los porcentajes de participación sobre ellos;
- Bienes destinados a la venta o a ser consumidos en el proceso de obtención de bienes o servicios destinados a la venta: a su valor corriente;
- Bienes de uso y otros activos no destinados a la venta: a su costo histórico (en su caso, menos depreciaciones);
- pasivos a cancelar en moneda:
- cuando exista la intención y factibilidad de su pago anticipado: a su costo corriente de cancelación;
- en los restantes casos, se considerará:
- la medición original del pasivo;
- la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a pagar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas;
- los pagos efectuados.
Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el pasivo, utilizando la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial.
- pasivos a cancelar en especie:
- cuando deban entregarse bienes que se encuentran en existencia o puedan ser adquiridos: al costo de cancelación de la obligación;
- cuando deban entregarse bienes que deban ser producidos o prestar servicios, se tomará el importe que fuere mayor entre las sumas recibidas del acreedor y el costo de cancelación de la obligación.
En los casos de activos y pasivos en moneda extranjera, los criterios primarios indicados se aplicarán utilizando dicha moneda y los importes así obtenidos se convertirán a moneda argentina considerando los tipos de cambio vigentes a la fecha de la medición. Del mismo modo se procederá con los depósitos, créditos y deudas cancelables en el equivalente en moneda argentina de un importe en moneda extranjera.
La aplicación de los criterios expuestos implica, entre otras tareas:
- la verificación de que los elementos incluidos en los estados contables siguen cumpliendo con las definiciones presentadas en la sección 6.4 (Elementos de los estados contables) de la segunda parte de la resolución técnica 16 (Marco conceptual de las normas contables profesionales);
- la aplicación del concepto de devengamiento según la sección 6.2.2 (Devengamiento);
- la evaluación de la continuidad del ente y de sus segmentos, para establecer sus posibles efectos en la aplicación del límite del valor recuperable a la medición contable de los activos.
Los criterios de medición utilizados para los activos y pasivos deben coincidir con los utilizados para las mediciones de:
- las transacciones con los propietarios y con los accionistas no controlantes de sociedades controladas;
- los ingresos, los gastos, las ganancias y las pérdidas;
- los impuestos sobre las ganancias;
- los importes que en concepto de efectivo o sus equivalentes se muestren en el estado que expone su evolución.
Las participaciones de los accionistas no controlantes de sociedades controladas sobre sus resultados se determinarán sobre la base de las mediciones de éstos.
Las cuestiones generales de medición contable que no estuvieren expresamente previstas en este capítulo se tratarán teniendo en cuenta lo expuesto en la sección Cuestiones no previstas.
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