La Costumbre



“La costumbre consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad social, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica”.

Es la forma espontánea de expresión del Derecho.

Históricamente la costumbre precedió a la ley en la organización jurídica de los pueblos.
Antiguamente los pueblos se regían por las costumbres dado que no conocían la ley escrita.

Elementos y caracteres de la costumbre:

  • El elemento objetivo o material está constituido por las series de actos semejantes uniformes y constantemente repetidos.
  • El elemento subjetivo o psicológico radica en la convicción en que la necesidad de la práctica responde a una necesidad jurídica.
    Este elemento hace distinguir a la costumbre de los usos sociales, como el saludo el hecho de dar propinas, etc.

Especies de Costumbres:

  • Costumbre “secundum legem”:
    Es la norma consuetudinaria que deriva su vigencia de una disposición de la ley.                           
    (Ver art. 17 del Código Civil y Comercial)
  • Costumbre “praeter legem”:
    Es la norma consuetudinaria que rige una situación no prevista por la ley.
  • Costumbre “contra legem”:
    Es la constituida en contradicción con la ley. Esto es lo que se conoce como desuetudo, la costumbre abrogatoria de la ley.
    Ejemplo: el remate.
 

 

 
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